¡Atención, contribuyentes! El Servicio de Rentas Internas (SRI) ya publicó el cronograma oficial para la presentación del Anexo de Gastos Personales, correspondiente al ejercicio fiscal 2025. Este trámite, que se realiza íntegramente en línea, es el único mecanismo que tienen las personas naturales para acceder a la rebaja del Impuesto a la Renta. Cumplir con el plazo, que vence este febrero de 2026, es clave para evitar sanciones económicas .
Calendario definitivo: Plazos según tu noveno dígito
El SRI ha establecido las fechas límite en función del noveno dígito de tu cédula o RUC. La presentación fuera de estas fechas genera multas automáticas, incluso si la diferencia es de un solo día.
Noveno Dígito Fecha Límite (Febrero 2026)

Noveno Dígito Fecha Límite (Febrero 2026)
1 10 de febrero
2 12 de febrero
3 14 de febrero
4 17 de febrero
5 18 de febrero
6 20 de febrero
7 y 8 24 de febrero
9 26 de febrero
0 28 de febrero

Fuente: Servicio de Rentas Internas / El Comercio

¿Quiénes están obligados a presentarlo?
No todos los ciudadanos deben realizar este trámite. Según la normativa actualizada para 2026, la obligación recae sobre quienes cumplan al menos una de estas condiciones durante el 2025 :
• Personas con ingresos superiores a $12.081 durante el ejercicio fiscal 2025.
• Trabajadores en relación de dependencia que realizaron la proyección de gastos en febrero de 2025 (deben justificar esos valores).
• Trabajadores independientes o profesionales con RUC en régimen general que deseen aplicar a la deducción de gastos personales.
Importante: A diferencia de los dependientes, los trabajadores independientes no realizan proyección; sin embargo, es obligatorio presentar el anexo en febrero para poder deducir los gastos en la declaración anual de marzo .
¿Qué gastos puedes deducir?
El anexo te permite reportar los gastos realizados durante 2025. La normativa incluye una amplia gama de rubros, siempre que cuentes con el comprobante de venta válido (factura electrónica o física) :
• Salud: Consultas médicas, medicamentos, seguros, exámenes de laboratorio y servicios veterinarios para mascotas.
• Educación: Matrículas, pensiones, útiles escolares y material educativo.
• Vivienda: Arriendo, alícuotas, intereses de préstamos hipotecarios, servicios básicos e impuestos prediales.
• Alimentación: Compras en supermercados, restaurantes y alimentos para mascotas.
• Vestimenta: Prendas de vestir y calzado.
• Turismo Nacional: Hospedajes y paquetes turísticos dentro de Ecuador.
• Arte y Cultura.
• Nuevo para 2025: Intereses por préstamos quirografarios y sueldos pagados a empleados no vinculados a la actividad económica .
Cargas familiares: Cómo aumentar tu deducción
El monto a deducir no es fijo; aumenta según el número de cargas familiares que tengas. Se consideran cargas a :
• Cónyuge o pareja en unión de hecho.
• Hijos menores de 21 años (sin límite de edad si tienen discapacidad).
• Padres del contribuyente.
Requisito clave: Para ser considerados como carga, estas personas no deben haber percibido ingresos gravados superiores a $470 (Salario Básico Unificado 2025) durante el año fiscal .
Multas: Esto es lo que pagarás si no cumples el plazo
El incumplimiento del cronograma genera una sanción pecuniaria inmediata. El valor varía según tu obligación contable :
• Personas no obligadas a llevar contabilidad: $30,00 USD.
• Personas obligadas a llevar contabilidad: $45,00 USD.
Estas multas están respaldadas en el artículo 100 del Código Tributario y la Resolución NAC-DGERCGC22-00000024.
Relación con el Impuesto a la Renta
Este anexo es un prerrequisito fáctico para tu declaración anual. Los valores reportados aquí serán la base para tus deducciones personales en el Impuesto a la Renta, cuyo plazo de declaración vence en marzo de 2026. Si no presentas el anexo en febrero, no podrás aplicar la rebaja de impuestos, lo que resultará en un valor a pagar más alto en tu declaración anual .
Recomendación final: No esperes al último día. Ingresa al portal srienlinea.sri.gob.ec, valida que tus facturas estén cargadas correctamente y revisa los topes máximos de deducción según tu tipo de gasto y número de cargas.

Referencias Bibliográficas
Lexis S.A. (2026, 9 de febrero). Fechas límite para presentar el Anexo de Gastos Personales al SRI sin sanciones. Lexis Noticias. Recuperado el 11 de febrero de 2026, de https://www.lexis.com.ec/noticias/fechas-limite-para-presentar-el-anexo-de-gastos-personales-al-sri-sin-sanciones
ContApp. (2026). Anexo de Gastos Personales 2026. Contapp.ec. Recuperado el 11 de febrero de 2026, de https://www.contapp.ec/blogs/anexo-de-gastos-personales-ecuador
El Comercio. (2026, 2 de febrero). Cuenta regresiva para entregar el Anexo de Gastos Personales al SRI en febrero 2026. El Comercio. Recuperado el 11 de febrero de 2026, de https://www.elcomercio.com/actualidad/negocios/cuenta-regresiva-para-entregar-el-anexo-de-gastos-personales-al-sri-en-febrero-2026/