El Ministerio del Trabajo del Ecuador emitió el Acuerdo Ministerial MDT-2025-162, publicado en el Registro Oficial N° 158 del 6 de noviembre de 2025, mediante el cual se introduce una reforma al Acuerdo Ministerial MDT-2015-054 y sus reformas posteriores. Este instrumento busca establecer un régimen transitorio para aquellos procesos de negociación laboral que se encontraban en trámite antes de la entrada en vigor de normativas recientes.
¿Qué establece el acuerdo?
El acuerdo incorpora una Disposición Transitoria Única que permite, de manera excepcional, que los trámites de:
Contratos colectivos de trabajo,
Contratos individuales de trabajo, y
Actas transaccionales,
que hayan sido ingresados antes de la vigencia del Acuerdo Ministerial MDT-2024-308, puedan continuar con su proceso de suscripción, siempre que:
Hayan superado la fase de negociación, y
Cuenten con certificaciones presupuestarias que acrediten la disponibilidad de recursos económicos.

Condiciones y Limitaciones
Los contratos o actas deberán suscribirse en los términos originalmente negociados, sin exceder los techos remunerativos y otros límites fijados en los mandatos constitucionales.
Queda prohibido pactar rubros diferentes a los establecidos en el acuerdo ministerial.
Esta medida aplica solo para esta ocasión y no constituye un precedente para futuras negociaciones.
El acuerdo entró en vigencia a partir de su suscripción el 24 de octubre de 2025, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
Bibliografía
Ministerio del Trabajo. (2025). Acuerdo Ministerial Nro. MDT-2025-162. Registro Oficial N° 158. Quito, Ecuador.