El Presidente de la República ha expedido el Reglamento a la Ley Orgánica para el Alivio Financiero y el Fortalecimiento Económico de las Generaciones en Ecuador, publicado en el Registro Oficial el 3 de marzo de 2025. Esta normativa tiene como propósito aliviar la carga financiera de personas naturales, jurídicas y sectores productivos afectados por los racionamientos de energía eléctrica.

Principales disposiciones:
Condonación de intereses y multas:
• Se eliminan intereses y recargos en multas de tránsito hasta el 30 de junio de 2025.
• BANECUADOR coordinará la condonación de intereses en créditos agroproductivos en mora.

Beneficios en créditos educativos:
• Remisión de intereses y multas en créditos educativos administrados por la SENESCYT.
• Plazo de gracia de 12 meses sin generación de intereses.
• Condonación total para personas con discapacidad o enfermedades catastróficas.

Alivio financiero para MIPYMES y emprendimientos:
• Reestructuración de obligaciones financieras con respaldo del Ministerio de Producción.
• Capacitación y asistencia técnica para mejorar la gestión empresarial.
Obligaciones tributarias:
• Crédito tributario para empresas que mantuvieron su nómina entre octubre y diciembre de 2024.
• Condonación de deudas tributarias para contribuyentes RIMPE de los períodos fiscales 2022 y 2023.

Regulación para deudores del sistema financiero público:
• Se establece la remisión de intereses, gastos judiciales y multas en créditos otorgados por entidades del sector financiero público.
• Suspensión de procesos coactivos mientras se tramita la solicitud.

Vigencia y aplicación
El reglamento entró en vigor desde su publicación en el Registro Oficial y requiere que las instituciones públicas y privadas adecuen sus procesos en un plazo máximo de 30 días.

Fuente: Presidente Constitucional de la Republica. Decreto Ejecutivo No. 551, publicado el 3 de marzo de 2025.