La Superintendencia de Protección de Datos Personales de Ecuador ha determinado que el uso de datos biométricos para el control de asistencia de empleados es «excesivo e innecesario», contraviniendo principios fundamentales de la protección de datos personales.
Principales Consideraciones:
• Datos Biométricos como Información Sensible: Estos datos requieren un alto nivel de protección. Su tratamiento está prohibido, salvo excepciones específicas establecidas por la Ley de Protección de Datos Personales, como el consentimiento explícito del titular.
• Relación Laboral y Consentimiento: En el contexto laboral, el consentimiento no puede considerarse plenamente libre debido a la relación asimétrica entre empleador y trabajador.
Recomendaciones para Empleadores:
La Superintendencia sugiere adoptar mecanismos alternativos para el control de asistencia que respeten la privacidad de los trabajadores, tales como:
• Tarjetas magnéticas
• Registros manuales
• Sistemas informáticos que verifiquen la IP al momento de ingreso o salida
Evaluaciones de Impacto
Se recomienda realizar Evaluaciones de Impacto a la Protección de Datos Personales antes de implementar cualquier tratamiento de datos, para mitigar riesgos y proteger los derechos de los empleados.
Fuente: Superintendencia de Protección de Datos Personales, publicado el 19 de marzo de 2025.