El Ministerio del Trabajo de Ecuador, liderado por la Ministra Ivonne Núñez Figueroa, ha emitido un nuevo acuerdo que reforma el procedimiento administrativo de visto bueno, con el objetivo de mejorar la gestión y garantizar los derechos laborales.

Principales Reformas
Comparecencia Obligatoria:
Las partes deben presentarse al procedimiento de visto bueno, ya sea personalmente o a través de un representante legal, quien deberá justificar su nombramiento. Es obligatorio contar con el patrocinio de un abogado.

Documentación Requerida:
Se establecen requisitos claros sobre los documentos que deben acompañar la solicitud de visto bueno, asegurando que sean pertinentes a la naturaleza del caso.

Derecho a Apelación:
Las partes que se sientan afectadas por la resolución del Inspector del Trabajo tienen el derecho de apelar dentro de un plazo de tres días. La apelación será revisada por el Director Regional del Trabajo, quien deberá resolver en un mes.

Disposiciones Generales:
Todos los empleadores y trabajadores bajo el régimen del Código del Trabajo están sujetos a las disposiciones de este acuerdo y a la normativa laboral vigente.

Fuente: Registro Oficial del Ecuador, “MDT-2025-043”, publicado el 19 de marzo de 2025.